En un fallo reciente, el Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de las autorizaciones para la caza de lobos que el Gobierno de Cantabria había emitido en la época estival de 2022, en respuesta a preocupaciones sobre daños al ganado en varios municipios. En ese momento, los lobos estaban incluidos en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE).
La decisión proviene de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal, que remite a casos concretos como la caza de dos lobos en las localidades de Polaciones y Tudanca. Este fallo respalda una anterior resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que había declarado ilegítimas las acciones de la Consejería de Desarrollo Rural en relación con la caza de lobos en varias áreas.
El alto tribunal, a través de su reciente resolución, ha rechazado el recurso presentado por el gobierno regional y ha establecido criterios claros para la gestión de las extracciones de estos cánidos, señalando que la caza solo debe considerarse como último recurso para prevenir daños al ganado.
Los magistrados han enfatizado que, dados los antecedentes de 2022, los lobos que habitan al norte del Duero gozaban en ese momento de "la máxima protección" según la normativa española. Esto implica que, a pesar de la capacidad de las comunidades autónomas para implementar medidas de gestión que incluyan la caza, deben seguir estrictos lineamientos que estipula la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad.
En su análisis, el Tribunal Supremo establece que cualquier autorización para la caza debe ir precedida de un escrutinio de las alternativas que tengan los ganaderos para evitar ataques por parte de los lobos, y considera que el bienestar de la especie es un factor clave en esta ecuación.
Además, subrayan que la evaluación de la población de lobos debe ser exhaustiva. No basta con observar el crecimiento de su número en unos pocos municipios; es necesario un estudio más amplio, dado el extenso hábitat que ocupa esta especie.
Los jueces alertan sobre la importancia de que cualquier extracción sea "selectiva", advirtiendo que no se debe permitir una caza indiscriminada que podría resultar perjudicial para la estabilidad de las manadas de lobos.
El tribunal también señala que, aunque el Gobierno de Cantabria ha demostrado tener un conocimiento profundo sobre las manadas en ciertas áreas, su enfoque, que se limita a autorizar la muerte de solo dos ejemplares, es insuficiente y arriesgado para la sostenibilidad de la población de lobos.
Por otro lado, critican la falta de propuestas concretas para mitigar los conflictos con los ganaderos. La administración menciona opciones como cercar montes y el uso de mastines, pero el Tribunal considera que estas soluciones son impracticables y carecen de un análisis suficiente.
La falta de un enfoque integral y preciso para abordar el conflicto entre la ganadería y la población de lobos pone de manifiesto la necesidad de considerar una variedad de alternativas que no impliquen la muerte de estos animales. El tribunal recalca que la cultura ancestral de convivencia con el lobo, combinada con el asesoramiento de expertos, puede ofrecer alternativas valiosas para la protección del ganado.
Finalmente, el Tribunal Supremo enfatiza que, aunque la población de lobos ha incrementado en algunas regiones, este hecho por sí solo no justifica una disminución en su protección ni la implementación de medidas que puedan comprometer su conservación a largo plazo. La gestión de estas especies debe basarse en criterios científicos sólidos y un compromiso con la biodiversidad.
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