24h Cantabria.

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El Tribunal Supremo ratifica una sentencia de dos años y medio a un individuo por abuso a una menor con discapacidad

El Tribunal Supremo ratifica una sentencia de dos años y medio a un individuo por abuso a una menor con discapacidad

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de dos años y medio de cárcel impuesta a un hombre por un delito de abuso sexual a una menor con discapacidad. Esta sentencia ha sido corroborada por la Sala de lo Penal del TS, que desestimó el recurso del acusado y confirmó los hechos y la pena impuesta por el Superior de Justicia de Cantabria. La víctima, una niña de nueve años, sufrió tocamientos, lamiendo de pechos y besos en la boca por parte del acusado, quien mantenía una relación de amistad con la familia de la pequeña.

Además de la pena de prisión, el TSJC también le prohibió al acusado aproximarse a la víctima a menos de 300 metros y comunicarse con ella durante cinco años. También se le impuso una medida de libertad vigilada después de cumplir su condena y se le ordenó indemnizar a la víctima con 9.000 euros y al Servicio Cántabro de Salud con 69 euros.

Los hechos ocurrieron en mayo de 2018, cuando el acusado trasladó a la niña a su domicilio después de estar en casa de la madre de la víctima. Fue en ese momento cuando se produjo el abuso, aunque no se pudo acreditar que llegara a introducir un dedo en la vagina de la menor. Después de cometer el delito, el acusado devolvió a la niña a su casa y la madre denunció al día siguiente.

El acusado recurrió en casación la condena argumentando diversas infracciones legales y solicitando una pena inferior. La defensa también pidió la aplicación retroactiva de la ley del "sólo sí es sí", alegando la "menor gravedad" del hecho. Sin embargo, los magistrados del Tribunal Supremo concluyeron que no existen elementos que indiquen una menor gravedad en este caso en comparación con otros abusos sexuales sin violencia o intimidación.

El hecho de que la víctima sea una menor, la relación de confianza entre el acusado y los padres de la niña, el sangrado que experimentó la pequeña y que llevó a la madre a sospechar y descubrir los hechos, así como el hecho de que el tribunal de enjuiciamiento haya descartado imponer la pena mínima, son factores que llevaron al TS a descartar la aplicación del subtipo penal atenuado en este caso.