SANTANDER, 27 de febrero. En un significativo avance para los derechos laborales de los docentes interinos, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha decidido que las vacaciones compensadas y no disfrutadas por este grupo de profesores se consideren como tiempo de servicios prestados. Esta resolución marca un hito en el reconocimiento de sus derechos ante una normativa que hasta ahora había dejado en desventaja a este colectivo frente a sus colegas de carrera fija.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha validado así el derecho del profesorado interino para que estos días contabilicen como experiencia a la hora de presentarse a oposiciones, participar en concursos de traslado o acceder a beneficios como trienios y sexenios. Este fallo se produce tras desestimar un recurso de apelación presentado por la Consejería de Educación del Gobierno regional, dando la razón al sindicato Comisiones Obreras (CCOO), representado por Alberto López, su secretario de organización.
La decisión del TSJC respalda un fallo anterior del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Santander, aunque aún está sujeta a recurso ante el Tribunal Supremo, por lo que no es definitiva. La sentencia se basa en criterios establecidos por el propio Tribunal Supremo en 2024, que consideró "discriminatorio" que el tiempo de vacaciones compensadas no se contabilizara como servicios prestados para el personal temporal en comparación con el personal fijo.
Los magistrados argumentan que si existe la opción de compensar económicamente las vacaciones no disfrutadas en casos de finalización de servicios, es injusto que esto no se aplique de igual forma a los interinos. "Es esencial que ambos grupos sean tratados equitativamente en cuanto al conteo de tiempo de servicio", recalcan los jueces.
Con esta resolución, se reconoce el derecho del demandante a contabilizar las vacaciones liquidadas en febrero y junio de 2020, subrayando que este derecho no queda condicionado por el año en que se produjo su cese. Esta decisión impacta a todos los docentes que hayan trabajado como interinos o sustitutos, sin distinción del período en que lo hicieron, según indica CCOO en su comunicado.
El secretario de Organización de CCOO, Alberto López, ha calificado esta sentencia como "una victoria para el sindicato" que rectifica una desigualdad que ha persistido por años. "Si para el personal fijo las vacaciones se consideran tiempo de servicio, lo mismo debe aplicarse a los interinos. Reconocer estos días podría ser crucial para su éxito en oposiciones, concursos de traslado y en la obtención de trienios y sexenios", añade.
Ante este fallo, Comisiones Obreras tiene previsto contactar con la Administración para que se aplique de manera generalizada y ofrezca reconocimiento automático a estos derechos, evitando que los docentes deban realizar reclamaciones individuales. "Los tribunales han respaldado nuestra posición, por lo que sería lógico y coherente que la Consejería actuara de inmediato para cumplir con esta sentencia", concluye López.
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