Lupa se ve obligada a pagar el complemento por asistencia durante vacaciones y licencias a un grupo de 500 empleados.
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha reafirmado una decisión que favorece a los trabajadores de la cadena de supermercados Lupa, perteneciente al grupo empresarial Semark. Este fallo confirma la obligación de la compañía de pagar un plus de asistencia durante las vacaciones y en licencias retribuidas a su personal de almacenes en la Plataforma Logística de Orejo y en los supermercados Top-Cash.
La reciente resolución de la Sala de lo Social del TSJC desestima el recurso de suplicación presentado por la empresa, respaldando así una sentencia anterior del Juzgado de lo Social de Santander. Esta acción judicial había sido impulsada por la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC) de UGT, el sindicato más representativo dentro de la cadena.
Con esta decisión, el Tribunal Superior reitera que más de 500 trabajadores de los almacenes Lupa, así como de los Top-Cash, tienen derecho a recibir el mencionado plus de asistencia durante sus períodos vacacionales y de permisos retribuidos, conforme al convenio colectivo de Almacenistas de Coloniales de Cantabria que rige desde 2021.
La sentencia también recuerda que previamente, el personal de estos almacenes estaba regido por el convenio colectivo de Detallistas de Alimentación, pero una resolución de este mismo tribunal llevó a que la empresa fuera obligada a regular su situación bajo el convenio de Almacenistas de Coloniales. Este cambio normativo fue el resultado de un proceso judicial en 2021.
Asimismo, el fallo reitera que, aunque se llegó a un acuerdo entre la empresa y los sindicatos para la aplicación del nuevo convenio, la falta de una exigencia por parte de los trabajadores sobre el pago del plus de asistencia durante vacaciones y licencias no tiene relevancia en el contexto del fallo judicial.
El TSJC se apoya en conclusiones de varias sentencias emitidas por el Tribunal Supremo, que sostienen la doctrina de la Organización Internacional del Trabajo, que estipula que durante el tiempo de vacaciones, todo trabajador debe recibir al menos su remuneración habitual.
Por su parte, la sección sindical de UGT en el Grupo Semark ha expresado su satisfacción con la sentencia del TSJC, reiterando la falta de justificación por parte de Lupa para no cumplir con el pago del plus de asistencia, tal como establece de manera clara el convenio colectivo de Almacenistas de Coloniales.
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