24h Cantabria.

24h Cantabria.

Trabajador que recorría 44 kilómetros en bicicleta entre su casa y el trabajo tiene reconocido accidente in itinere

Trabajador que recorría 44 kilómetros en bicicleta entre su casa y el trabajo tiene reconocido accidente in itinere

En Santander, el Juzgado de lo Social número 3 ha tomado una decisión favorable a un trabajador que pedía que se considerara como accidente laboral 'in itínere' el incidente que sufrió mientras se desplazaba en bicicleta desde su lugar de trabajo hasta su hogar, recorriendo 44 kilómetros.

En una sentencia que aún no es definitiva y puede ser apelada ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, el juez afirmó que el trabajador "tiene todo el derecho de ir en bicicleta a su trabajo incluso si la distancia es considerable".

Según se detalla en la resolución, durante la primavera y el verano, el trabajador, quien es monitor deportivo, solía ir a su trabajo en bicicleta de carreras, tardando una hora y cuarenta minutos en completar el trayecto.

En mayo de 2023, mientras regresaba a casa desde el centro deportivo donde laboraba, fue atropellado por un vehículo y resultó con una fractura de clavícula.

El juez concluyó que, tanto por el lugar y la hora del incidente, el monitor estaba en el trayecto de regreso del trabajo. "Todo coincide", señaló, tras haber recorrido 22 kilómetros en cuarenta y cinco minutos.

Se adentró luego en la cuestión legal, destacando que el accidente 'in itínere' implica varios elementos que se cumplen en este caso, incluyendo el "elemento modal" o de idoneidad.

Al respecto, se plantea si el medio utilizado para volver a casa era el adecuado o si habría sido más apropiado utilizar un vehículo particular o transporte público.

Frente a las opiniones de la Seguridad Social y la mutua laboral, que consideraban que el uso de la bicicleta ponía en peligro la integridad física del trabajador, el juez sugirió que tal vez no había transporte público disponible, que el trabajador no contaba con un automóvil o incluso que prefería no utilizarlo "en favor de un ecologismo loable".

Además, sugirió que el trabajador podría haber querido mejorar su salud en primavera o verano. "Sin duda es una distancia considerable, pero el trabajador tiene todo el derecho de ir en bicicleta a su trabajo, aunque la distancia sea larga", agregó el juez, indicando que "obligarlo a usar un vehículo podría vulnerar su legítimo derecho a mejorar su salud".

Finalmente, la sentencia destacó que el monitor "utilizó una carretera nacional o local, no un camino irregular", siguiendo la ruta normal y habitual.

Se aclaró que la situación sería diferente si el desplazamiento se hubiera dado de noche, por caminos peligrosos o con mal clima, como hielo, lluvia constante, viento u otras circunstancias similares.