El periódico progresista informa que un perro pastor belga será atendido cada quince días por quienes antes formaban pareja, compartiendo al 50% los gastos de vacunas y veterinarios.
SANTANDER, 12 Sep.
El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santander ha dictado la copropiedad y la custodia compartida de un perro pastor belga, que será atendido cada quince días por quienes anteriormente estuvieron en pareja.
El juez ha aceptado plenamente la demanda presentada por un hombre, que argumentó que el perro fue adquirido por deseo de ambos mientras mantenían una relación sentimental y que durante ese tiempo lo cuidaron de manera conjunta.
Por otro lado, la demandada negó la convivencia en el mismo domicilio y afirmó que el perro fue adquirido exclusivamente por ella, siendo la única responsable de su cuidado.
En la sentencia, se establece que el perro es propiedad de ambas partes y se acuerda la custodia compartida, alternando quincenalmente su posesión entre los dos propietarios.
Los costos de alimentación serán cubiertos por quien tenga al perro en ese momento, mientras que los gastos de vacunas y veterinario serán divididos al 50%.
El juez explica en su resolución que, tras la reforma del Código Civil en 2021, los animales son considerados seres vivos con sensibilidad, otorgándoles un estatuto jurídico único y novedoso.
Según consta en el expediente, el perro estuvo registrado inicialmente a nombre del demandante y luego se cambió al de la demandada, sin embargo, existen facturas veterinarias emitidas a nombre del demandante durante el tiempo en que el perro estaba registrado a su nombre.
Estos hechos demuestran que el demandante mantuvo una estrecha relación afectiva con el perro, independientemente de quién pagara las facturas veterinarias.
La sentencia señala que no hay pruebas periciales que evalúen el bienestar emocional del perro, pero concluye que fue adquirido por ambas partes de común acuerdo, iniciando una relación cariñosa mientras estaban juntos.
En resumen, el juez considera que no hay razones para poner fin a la relación entre el demandante y el perro, a menos que exista evidencia de que sea perjudicial para alguno de los involucrados.
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