
En una decisiva sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha determinado que Cáritas Diocesana de Santander deberá indemnizar a un ex trabajador con la considerable suma de más de 76.000 euros. Esta decisión responde a una demanda por incumplimiento grave del contrato laboral y acoso en el entorno de trabajo, presentada por el afectado.
La resolución, emitida el pasado 2 de junio, confirma una anterior decisión del Juzgado de lo Social. La noticia ha sido difundida por el sindicato UGT, que ha contado con la autorización del afectado para hacerlo público.
La condena incluye dos pagos distintos: uno de 66.854 euros por la finalización del contrato debido a un incumplimiento grave por parte de la empresa y otro de 10.000 euros por vulnerar los derechos fundamentales del trabajador.
Según los hechos corroborados por la sentencia, el trabajador había estado empleado desde octubre de 2009 como educador en un taller ocupacional de Cáritas en La Albericia, donde apoyaba a personas sin hogar en diversas actividades. Sin embargo, en junio de 2022, se decidió reducir su jornada laboral y dividir su tarea entre el taller y el departamento de Administración.
Posteriormente, en septiembre del mismo año, la organización cerró el taller ocupacional, relegando al empleado a un puesto inferior en la sede central, donde se le asignaron tareas administrativas que no correspondían a su formación y experiencia como educador.
La sentencia detalla que no solo se le excluyó de proyectos relevantes, sino que también se le asignaron condiciones de trabajo inadecuadas, como un espacio aislado y un equipamiento deficiente en comparación con sus compañeras, lo que evidenció un caso claro de bullying laboral por parte de la entidad.
El demandante argumentó que esta situación de degradación y aislamiento había afectado gravemente su salud mental, llevándolo a sufrir episodios de incapacidad temporal que se extendieron entre noviembre de 2022 y septiembre de 2024. En este contexto, un informe psicológico confirmó la gravedad de su estado, incluyendo síntomas de ansiedad y alteraciones emocionales.
A pesar de que Cáritas Diocesana ha rechazado las acusaciones de acoso laboral durante todo el proceso judicial, el TSJC ha ratificado la existencia de estas prácticas y ha establecido que el trabajador tendría derecho a una indemnización adicional por despido improcedente. Esta medida corresponde a 45 días de salario por cada año de servicio, con un máximo de 42 mensualidades, conforme al convenio colectivo vigente.
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