El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha ratificado la condena de dos años de cárcel impuesta a un conductor de autobús por tocamientos a una pasajera menor de edad. La sentencia establece que hubo "contactos corporales inconsentidos con significación sexual".
La resolución, emitida por la Sala de lo Civil y Penal del TSJC, confirma la pena impuesta por la Audiencia Provincial, desestimando así el recurso de apelación presentado por el acusado. Además de la prisión, se le ha inhabilitado para trabajar con menores durante seis años y se le impuso una medida de libertad vigilada por dos años.
El hombre fue considerado culpable de un delito continuado de abuso sexual y se le aplicó la atenuante de reparación del daño. También se le ordenó pagar una indemnización de 2.500 euros a la víctima por el daño moral causado.
Según los hechos probados en la sentencia, el acusado realizó tocamientos en la zona de los pechos y glúteos de la menor en múltiples ocasiones entre junio y octubre de 2021. El hombre era conductor profesional de autobús y la víctima era usuaria habitual del servicio. El tribunal concluyó que el relato de la víctima era persistente, coherente y verosímil, y contaba con corroboración periférica de diferentes testigos.
En su recurso, el acusado solicitó la absolución o, en su defecto, una condena de multa. Sin embargo, el TSJC y la Audiencia Provincial consideraron que el relato de la víctima era creíble y contaba con prueba periférica, como grabaciones de cámaras de seguridad que muestran el comportamiento del acusado hacia la menor.
Los jueces concluyeron que las acciones del acusado constituyeron "contactos corporales inconsentidos con significación sexual" y que no se altera el delito porque haya ocurrido en un espacio exterior. Aunque solo se han individualizado los hechos de dos días, se ha demostrado que se realizaron numerosos tocamientos.
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.