
El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Santander ha cerrado sin éxito el proceso de conciliación entre el rey emérito Juan Carlos I y el expresidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla. Si bien se consideró terminado el acto, aún existe la posibilidad de recurrir esta decisión.
El emérito ha decidido presentar una demanda formal contra Revilla en los tribunales de Madrid, después de que las conversaciones, que se llevaron a cabo el pasado viernes en Santander, no llegaran a ningún acuerdo. Según fuentes del caso citadas por Europa Press, Juan Carlos I no asistió a la conciliación, pero estuvo representado por su abogada y procurador. Revilla, por su parte, se mantuvo firme en sus declaraciones sobre el antiguo monarca, rechazando las demandas de retractación por parte del equipo legal del rey emérito.
En declaraciones realizadas a los medios a la salida del juzgado, Revilla reafirmó su postura: "No tengo razones para corregir mis palabras". Esto refleja una clara resistencia a ceder ante lo que considera opiniones válidas en base a la información disponible sobre el monarca.
La falta de éxito en la conciliación no sorprendió a Revilla, quien había anticipado que la negativa del emérito a presentarse significaba que el conflicto legal continuaría. A sus casi 83 años, expresó su preocupación por enfrentar un juicio justo en este contexto.
Además de una retractación pública, Juan Carlos I reclama una indemnización de 50.000 euros al considerar que las afirmaciones de Revilla, hechas en varios programas televisivos, son injuriosas.
El acto de conciliación se llevó a cabo en una sala del complejo judicial de Las Salesas, donde el encuentro duró apenas quince minutos. Al finalizar, el abogado de Revilla, José María Fuster-Fabra, subrayó que las acusaciones hechas por su cliente estaban basadas en hechos reportados por los medios, y no en declaraciones infundadas.
En un decreto emitido recientemente, la letrada encargada ha notificado la finalización del proceso sin avenencia, señalando que ambas partes participaron en el acto, pero lamentablemente no se alcanzó ningún tipo de consenso. La resolución establece que, al no lograrse un acuerdo, el proceso se considera cerrado.
A pesar de este cierre, se deja abierta la opción para que una de las partes impugne el decreto en un intervalo de cinco días, en caso de que se considere que hubo alguna infracción durante el proceso. Esta situación sigue reflejando la complejidad y tensión que rodea esta disputa legal entre las personalidades implicadas.
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