24h Cantabria.

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Empresario condenado a dos años de cárcel y 3,2 millones de multa por evasión de IVA tras adquirir El Cuco en Piélagos.

Empresario condenado a dos años de cárcel y 3,2 millones de multa por evasión de IVA tras adquirir El Cuco en Piélagos.

SANTANDER, 29 de mayo. La Audiencia Provincial de Cantabria ha dictado una sentencia condenatoria contra un empresario que, en 2013, adquirió la sociedad El Cuco de Piélagos y no cumplió con su obligación tributaria, dejando de pagar 1,7 millones de euros a la Agencia Tributaria por concepto de IVA. La pena impuesta es de dos años de prisión y una multa de 3,2 millones de euros.

El fallo, que admite posibilidad de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, también condena a un segundo individuo como colaborador necesario en el esquema de compraventas ficticias diseñado para evitar el pago del impuesto. Este último enfrentará un año y medio de cárcel y una multa de 580.000 euros.

Ambos condenados, considerados responsables de un delito fiscal, están inhabilitados para ocupar cargos en entidades y sociedades durante la duración de sus penas de prisión. Asimismo, se ven impedidos para recibir subvenciones, ayudas públicas y beneficios fiscales durante un periodo de cuatro años para el principal acusado y tres años y medio para el cooperador.

En la imposición de las penas, el tribunal ha considerado atenuantes debido a las dilaciones indebidas en el proceso judicial. Aunque resalta que el caso no estuvo paralizado en la fase de instrucción, sí se produjeron suspensiones en la fase de juicio, algunas de ellas ajenas a la voluntad de los acusados.

La sentencia también señala que el principal acusado ha comenzado a abonar 100.000 euros como parte del dinero adeudado, aunque esta cantidad es considerada mínima en comparación con el total defraudado, es suficiente para que su pena se mantenga en el mínimo legal.

En términos de responsabilidad civil, el tribunal ha condenado al acusado principal a indemnizar a la Agencia Tributaria con 856.000 euros, cantidad que aún queda pendiente de pago. Por su parte, el cooperador deberá asumir una responsabilidad solidaria de hasta 525.000 euros.

Además, la Audiencia absuelve tanto a los acusados de falsedad documental como a un tercer hombre que fue juzgado y a las empresas entidades dirigidas por los acusados.

La sentencia detalla que El Cuco de Piélagos era parte de un grupo empresarial con múltiples propiedades y que, en 2013, se tomó la decisión de reintegrar el capital aportado por los socios mediante la venta simbólica de solares libres de cargas, generando un IVA significativo sin que la sociedad recibiera el importe correspondiente.

Este mecanismo llevó a la creación de una obligación tributaria para El Cuco de Piélagos de más de 1,7 millones de euros, sin que, según los acuerdos firmados, realmente se produjera un pago efectivo de esta deuda tributaria.

La operación se destacó por su aparente falta de lógica económica, ya que quien debía pagar el IVA no lo hacía, mientras que quien debía recibirlo no lo cobraba, debido a la existencia de un acuerdo que postergaba el pago.

El tribunal afirma que las acciones llevadas a cabo por el principal acusado, incluyendo una serie de transacciones ficticias a otras sociedades, estaban diseñadas con el objetivo de generar un IVA deducible que pretendía anular la cantidad ya debida. Estas transacciones se realizaron simultáneamente, lo que refuerza la percepción de un fraude deliberado.

El tribunal señala que las actuaciones fueron realizadas dentro de un marco que daba lugar a la sospecha de simulación contractual, concluyendo que el administrador de El Cuco de Piélagos era un eslabón esencial en esta trama de evasión fiscal.

Sin embargo, el tribunal también absuelve a un tercer acusado, que funcionaba más como un testaferro del principal acusado y no estaba involucrado activamente en la ejecución del fraude.

Algunos de los pagarés que se emitieron fueron entregados a la Agencia Tributaria, contribuyendo así a un abono parcial de la deuda, aunque la sentencia resalta que todavía queda un saldo a saldar de 856.000 euros.

Finalmente, el tribunal decide absolver a los acusados del cargo de falsedad, argumentando que los documentos utilizados reflejan acciones autenticadas y no son meras simulaciones, ya que las facturas que se emitieron corroboran la voluntad manifestada en los documentos legales.