24h Cantabria.

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Condeman a mujer por ingresar sin permiso al hogar de la pareja del exesposo con el fin de ver a sus hijos y recibe sentencia de seis meses de prisión.

Condeman a mujer por ingresar sin permiso al hogar de la pareja del exesposo con el fin de ver a sus hijos y recibe sentencia de seis meses de prisión.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a una mujer a seis meses de prisión por allanamiento de morada. La procesada entró a recoger a sus hijos a la vivienda de la pareja de su exmarido sin su consentimiento. El jurado popular la declaró culpable por mayoría de siete a dos votos. Aunque el Código Penal establece una pena de seis meses a dos años de cárcel, la jueza optó por la mínima considerando la "crisis de pareja y el conflicto por la guarda de los niños" que experimentaba la acusada.

Por otro lado, el jurado la declaró no culpable del delito de hurto por llevarse enseres de la vivienda. En consecuencia, la jueza la absuelve de este delito en su sentencia. Sin embargo, la sentencia no es firme y se puede apelar ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Según los hechos probados, la mujer tenía tres hijos con su exmarido, de quien se estaba divorciando en ese momento. La acusada pensó que sus hijos podrían estar en casa de la pareja de su exmarido y acudió a la vivienda para llevárselos a Canadá, donde residía. Al llegar, la hija de la propietaria intentó cerrar la puerta para impedirle el paso, pero la acusada la empujó y entró en la vivienda. Después de buscar a sus hijos, la propietaria le pidió que se marchara y ella lo hizo, llevándose una maleta con pertenencias de sus hijos sin darse cuenta de que también había ropa de su exmarido y de la pareja de este.

La defensa argumentó que no se trataba de un delito de allanamiento ya que la acusada solo entró para buscar a sus hijos. Sin embargo, la magistrada señaló que el fin perseguido no justifica la conducta ilegítima de entrar en la casa contra la voluntad de su moradora. Además, la jueza consideró que la situación y el objetivo pretendido podrían haberse logrado a través de medios legales. En resumen, la acusada violó el derecho constitucional a la inviolabilidad del domicilio y cometió el delito por el que fue condenada.