24h Cantabria.

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Tribunal ordena al Ayuntamiento de Castro indemnización a funcionaria por años en puesto superior.

Tribunal ordena al Ayuntamiento de Castro indemnización a funcionaria por años en puesto superior.

En un fallo judicial que marca un hito, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santander ha ordenado al Ayuntamiento de Castro Urdiales que compense a una funcionaria por las diferencias salariales derivadas de las funciones que realmente ha desempeñado desde hace más de una década. La sentencia reconoce que la trabajadora, que desde 2009 ha estado ejerciendo labores de mayor responsabilidad, tiene derecho a recibir una compensación económica que incluye los años no prescritos y los intereses legales pertinentes.

La decisión del tribunal se basa en la iniciativa de la funcionaria, quien presentó su reclamación respaldada por el sindicato CSIF. El juzgado ha dado la razón a la demandante, subrayando que no es necesario un nombramiento formal para reconocer el derecho a una retribución adecuada cuando las funciones de mayor categoría son realizadas de manera constante y reconocida por la administración.

Este fallo resuena en un contexto más amplio, ya que sienta un precedente que puede beneficiar a otros empleados públicos que se encuentren en circunstancias similares. Tal como indica el artículo 110 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la resolución judicial establece una base sólida para que otros trabajadores reclamen sus derechos ante situaciones irregulares en el ámbito laboral público.

La trabajadora afectada ocupaba el puesto de auxiliar administrativa (C2) en el departamento de Personal y Recursos Humanos, pero abordaba funciones propias del rango administrativo (C1). A pesar del tiempo que ha pasado, el Ayuntamiento no formalizó ningún nombramiento ni otorgó el pago correspondiente, lo que llevó a la funcionaria a recurrir a la justicia tras un silencio administrativo a su solicitud presentada en junio de 2024.

La sentencia reitera que el desempeño continuo de funciones de mayor categoría por parte de la funcionaria no puede considerarse un hecho aislado o accidental, y, por ende, le otorga el derecho a recibir las diferencias salariales desde junio de 2020 hasta junio de 2024, periodo que no ha prescrito.

Apoyándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la normativa vigente, el fallo sostiene que las retribuciones complementarias deben ajustarse a las funciones realmente ejercidas, independientemente de que haya existido un nombramiento formal. Documentación del propio Ayuntamiento y testimonios corroboran la asunción de tareas de mayor responsabilidad por parte de la trabajadora, reafirmando la naturaleza continua de su labor.

Además de ordenar el pago de las diferencias retributivas y sus intereses, el juez también ha decidido que el Ayuntamiento debe asumir los costos legales del proceso, limitando esos gastos a un máximo de 500 euros.

Desde CSIF Cantabria, se considera esta sentencia como un "precedente muy relevante", haciendo un llamamiento a todos los empleados públicos que se encuentren en situaciones similares a que se dirijan a su asesoría jurídica. "Es inaceptable que la Administración continúe beneficiándose del trabajo en funciones superiores sin reconocer el derecho a una retribución justa. Esta sentencia refuerza nuestra lucha contra el abuso de situaciones laborales no reconocidas en la Administración Local", expresó el equipo jurídico de CSIF Cantabria.